Procesado por revelar vídeos íntimos de exnovia

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A través de redes sociales, el joven de 27 años divulgó fotografías y vídeos íntimos de la pareja, lo cual es penalizado por las leyes que protegen a las mujeres en el país.

 

 

 

 

Foto: www.fotolog.com/Periódico Equilibrium.

José G. ha sufrido la consecuencia que depara, entre otras, la Ley Especial Integral para una vida libre de violencia contra las Mujeres al ser procesado, a sus 27 años, por al menos cinco delitos, la mayoría de estos de carácter sexual.

Este jueves, el Juzgado 3º de Paz de San Salvador ha iniciado el proceso penal, en principio contra el joven a quien se acusa de utilizar diferentes redes sociales para difundir material de tipo sexual de actos sostenidos con su exnovia.

La Fiscalía General de la República (FGR) informó que de acuerdo con las investigaciones iniciadas a partir de la denuncia de la joven ante la Unidad de Atención Especializada a la Mujer, el imputado difundió el material fotográfico y de vídeo, en junio del presente año.

Se trató, dicen fiscales del caso, de una especie de venganza contra la víctima, por haber decidido esta terminar su relación amorosa con el ahora acusado.

Existe una orden de captura administrativa contra el imputado, quien aún no ha sido detenido; sin embargo se ha presentado el requerimiento fiscal, solicitando la instrucción formal con detención provisional.

Cuatro de los delitos que se le imputan están contemplados en la mencionada Ley Especial Integral.

Estos delitos son la inducción, promoción y favorecimiento de actos sexuales o eróticos por medios informáticos o electrónicos, contemplado en el artículo 49 de la normativa.

Asimismo se lo acusa de difusión ilegal de información, artículo 50; difusión de pornografía, artículo 51 y expresiones de violencia contra las mujeres, artículo 55 de misma ley.

Finalmente se le imputa el delito de amenazas contemplado en el artículo 54 del Código Penal. Tras la presentación del requerimiento, el tribunal se apresta a fijar la fecha y hora, para celebrar la audiencia inicial en el caso.

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