GP: IAIP retrasa gravemente acceso a la información

IAIPSegún el GP, a los solicitantes afectados les asiste el derecho de acudir a otras instancias para buscar que se haga valer el derecho humano del acceso a la información pública mismo que se basa en el art. 6 de la Constitución.

Foto: Periódico Equilibrium.

El denominado Grupo Promotor (GP) ha cuestionado una vez más la actuación del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) por haber confirmado la resolución de reserva sobre información que el primero considera debe ser de conocimiento de la sociedad.

La cuestionada resolución mantiene la reserva sobre datos como gastos de viajes presidenciales, servicios de publicidad contratados en 2010 y detalles sobre la atención a funcionarios internacionales.

Debido a ello, para el Grupo Promotor y la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (Fusades) la resolución configura “una retardación de justicia, y reiteramos lo que expresamos en enero de este año: que la resolución del IAIP es un grave retroceso para la garantía del derecho fundamental de acceso a la información pública”.

A ello se suma el hecho que interpreta restrictivamente los alcances de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) y establece un precedente de secretismo por parte del ente cuya misión es garantizar la transparencia y la máxima publicidad.

La LAIP fue creada por la Administración Funes para que el país contara con un instrumento que garantizara la transparencia de las instituciones del Estado.

El Grupo Promotor considera asimismo, que la información referida en el presente caso no solo puede ser solicitada por cualquier persona, sino que cabe dentro de los supuestos de información oficiosa que debe publicar el Gobierno según lo establecido en el art. 10 de la LAIP.

En cambio, el IAIP sustentó su decisión en una lógica de secretismo: que conocer los precios de vuelos de 2010 pone en peligro la vida del presidente de turno, que dar información sobre la contratación de publicidad del Ejecutivo podría llevar a pactos de precios. Por tanto, preocupa que el IAIP desconozca los principios que sostienen la LAIP, como la máxima publicidad y, en cambio, condone un incumplimiento a disposiciones expresas de la LAIP.

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