Argumentando violación a tres principios constitucionales, el Presidente de la República, Mauricio Funes, vetó la tarde de este lunes el decreto 412, mediante el cual los diputados pretendían evitar propaganda que desprestigiara a los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia de la República.
Según el gobernante, el contenido del decreto lesiona el principio de igualdad, establece censura previa y viola el principio de seguridad jurídica.
En cada caso, Funes explica ampliamente. En cuanto al principio de igualdad, el gobernante señala que se pretende una sanción pecuniaria, ante situaciones de conducta reprochable que a nivel de eventos relacionados con la actividad electoral, en los que se haga uso de los medios de comunicación.
Esa sanción es aplicable si existiera una lesión al honor, a la imagen o a la vida privada, pero dichas conductas ya se encuentran contempladas en el ordenamiento jurídico, específicamente en el Código Penal, el cual sanciona específicamente la injuria, la difamación o la calumnia.
En relación con la censura previa, Funes señala que se vulnera con este aspecto el artículo 6 de la Constitución, el que se garantiza que toda persona es libre expresión del pensamiento, siempre que con ello no se subvierta el orden público, ni lesione el honor, la moral y la vida de las personas.
Y sobre la seguridad jurídica, señala que el contenido del decreto genera una profunda incertidumbre en cuanto a su aplicación, porque no da certeza al ciudadano respecto al cumplimiento o incumplimiento de la norma, debido a la inexistencia de parámetros ciertos y claros.

