Alianza Regional por la Libre Expresión envía carta abierta al Presidente Funes

En referencia con el rechazo de las ternas de los aspirantes a formar parte del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), de parte del Presidente de las República, Mauricio Funes, la denominada Alianza Regional por la Libre Expresión, envió al Jefe de Estado salvadoreño una carta abierta en la que expone su punto de vista sobre tal situación.

En concreto, la carta señala lo siguiente:

Las organizaciones abajo firmantes forman parte de la Alianza Regional por la Libertad de Expresión e Información, una coalición que reúne a 23 organizaciones de Latinoamérica y Estados Unidos, de 19 países que promovemos el acceso a la información pública y la libertad de expresión en las Américas.

Nos dirigimos a usted respetuosamente, con motivo de la reciente devolución que hiciera sobre las ternas de candidatos al Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) – ente rector de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP)- y la instrucción de iniciar un nuevo proceso de selección de postulantes, por lo que le solicitamos tenga a bien considerar nuestra opinión.

A pesar de que la Ley de Acceso a la Información Pública salvadoreña entró en vigencia el pasado 8 de mayo, aún no se conforma el ente garante, lo que pone en riesgo una adecuada implementación de la LAIP y el goce de dicho derecho por los ciudadanos.

El día sábado 28 de enero del presente año, se llevaron a cabo las 5 asambleas generales de los 5 sectores indicados por la ley (sindicatos, universidades, asociaciones profesionales, empresariales y de periodistas), a través de un procedimiento abierto, en el que los candidatos acreditaron el cumplimiento de los requisitos de ley, constituyeron una lista de 30 candidatos para comisionados del IAIP, 3 candidatos a propietario y 3 para suplente de cada sector. En todas las elecciones se contó con observadores que comprobaron las condiciones y resultados de las mismas, lo cual fortaleció los procesos.

El 11 de mayo de 2012 se dio a conocer, por medio de un comunicado de su despacho que había decidido rechazar la totalidad de ternas que le fueron enviadas por razones de falta de idoneidad. Es de nuestro conocimiento, que dicha facultad que emana del Reglamento de la LAIP está siendo cuestionada por inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia salvadoreña y que esta decisión afecta el procedimiento democrático y transparente que se llevó adelante.

La aprobación de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) en El Salvador fue un hecho muy importante en el desarrollo de este derecho en América Latina y con ello se avanzó en el cumplimiento de obligaciones internacionales asumidas por el Estado salvadoreño. Según lo dispuesto por el Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como también, el Artículo 10 de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y Artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, El Salvador se encuentra obligado a garantizar a toda persona el derecho a buscar, recibir y difundir información, creando una obligación para el Estado de tomar medidas para hacer valer estos derechos.

Asimismo, el fallo de la Corte Interamericana de DerechosHumanos (Corte IDH) en el caso “Marcel Claude Reyes c. Chile” (2006), ha declarado como fundamental el derecho de toda persona a solicitar la información que obra en poder del Estado y la obligación positiva de este de suministrarla, sin necesidad de demostrar razones específicas que justifican tal interés. La Corte Interamericana de Derechos Humanos es el máximo órgano interpretativo de la Convención Americana de Derechos Humanos y, consecuentemente, su jurisprudencia debe ser considerada en forma ineludible por los Estados al diseñar sus marcos legislativos. El texto de la LAIP salvadoreña ha sido muy bien evaluado internacionalmente1, pero lo realmente importante es como ese texto se aplique, algo que se ve obstaculizado con la falta del IAIP.

La garantía efectiva del derecho de acceso a la información pública requiere que exista una entidad independiente y fortalecida, que tenga como función principal la positiva implementación y promoción de la ley, cuestión que también se incluye en la Ley Modelo Interamericana de Acceso a la Información Pública de la Organización de los Estados Americanos (OEA) – AG/RES. 2607 (XL-O/10). Este cuerpo normativo plasma los estándares y mejores prácticas regionales y debe ser guía para los Estados parte de la OEA. En la ley salvadoreña se tuvo en consideración esto, por lo que se diseñó una entidad conformada por candidatos propuestos por la sociedad civil y nombrados por el Presidente de la República, una composición innovadora en la región que auguraba buenos resultados.

Con el rechazo generalizado de los candidatos propuestos por la sociedad civil, se envía un mensaje negativo, de resistencia a la implementación efectiva de la LAIP y se pone en riesgo el ejercicio efectivo de un derecho humano, clave para el desarrollo de otros derechos y para el control democrático eficaz de la ciudadanía.

Por lo anterior, le solicitamos respetuosamente:

1. Reconsiderar su decisión y proceder al nombramiento de los comisionados del IAIP en base a las ternas que le hizo llegar la sociedad civil.

2. Acompañar la debida y completa implementación de la LAIP, por medio del fortalecimiento y dotación al IAIP de los recursos necesarios para cumplir sus fines.

Finalmente, reconocemos los esfuerzos que se han hecho para poner en marcha la LAIP, consideramos que la promulgación de esta ley constituye una reforma trascendental que colabora con la consolidación de una democracia con instituciones fuertes y ciudadanos

1 Centre for Law and Democracy and Access Info Europe, (2011). Global Right to Information Rating. (http://rti-rating.org/) empoderados al garantizar el derecho fundamental del acceso a la información que les permitirá participar en las decisiones de políticas públicas. Si bien es positivo el lanzamiento de portales de transparencia y la creación de oficinas de información, el éxito de la ley depende en gran medida de una entidad garante fortalecida e independiente.

Agradecemos la atención que usted tenga a bien prestar a nuestra petición y aprovechamos esta oportunidad para extenderle nuestros más distinguidos saludos y para reiterarle que en sus manos se encuentra la llave para que el derecho de acceso a la información pública sea una realidad en El Salvador.

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