La resolución es de obligatorio cumplimiento, por tanto Flores debe volver a su casa a cumplir la prisión preventiva y el Tribunal de Sentencia pertinente abstenerse de juzgarlo por lavado de dinero.
Foto: TV/Periódico Equilibrium.
El expresidente de la República, Francisco Flores, fue favorecido por la Cámara Primera de lo Penal de San Salvador, al anular el delito de lavado de dinero y revertir el arresto en las bartolinas de la DAN por la “prisión” domiciliar.
La resolución emitida la tarde de este viernes 18 de diciembre fue alabada por el defensor del exgobernante, Edgar Morales Joya, quien en su momento criticó al juez Séptimo de lo Penal, Miguel García, calificándolo de arbitrario.
Además lo tildó de “acusador” por haber decidido agregar el delito de lavado de dinero y enviar a las bartolinas a su cliente.
Al contrario, la querella consideró que la decisión del tribunal superior representa un “retroceso” en la institucionalidad del país.
La resolución de la Cámara está en concordancia con la posición de a Fiscalía General de la República (FGR), la cual se negó desde un inicio del proceso a acusar a Flores del delito de lavado de dinero.
Este tipo de resoluciones admite revocatoria, pero las Cámaras difícilmente las reciben porque sería admitir que se equivocaron en el análisis del caso, según juristas consultados por Periódico Equilibrium.
En todo caso, se presentaría por parte de la querella y no por la FGR, a juzgar por las posiciones que ambas partes han expresado sobre el tema.
En tal sentido es de preverse que la resolución es de obligatorio cumplimiento y que, el caso particular del expresidente Flores, el Tribunal de Sentencia debe desechar el delito de lavado de dinero y el Juzgado Séptimo de Instrucción enviar al sospechoso a su vivienda para que cumpla el arresto preventivo.
