Los capitalinos pueden optar a planes de pago de hasta 12 meses para saldar su deuda. Las consultas de los contribuyentes también son atendidas vía telefónica al número 2511-6000 ext. 1343 o al correo pagos@sansalvador.gob.sv.
Foto: AMSS.
San Salvador. El director de Finanzas de la municipalidad capitalina, Carlos Palacios, anunció la aprobación de una ordenanza que busca recuperar fondos no percibidos por la falta de pago oportuno de los contribuyentes propietarios de inmuebles. La medida vence el 19 de septiembre próximo.
Los fondos que sean recuperados serán invertidos en reparación vial y para la atención de emergencias por lluvias por medio de los equipos capitalinos que trabajan en estas obras, explicaron las fuentes municipales.
“Se lanzó esta nueva ordenanza que tiene como finalidad dispensar de intereses moratorios a quienes sean propietarios de un inmueble en el municipio de San Salvador. Ellos podrán pagar su deuda, referente a tasas y contribuciones especiales por los servicios municipales que reciben, sin ningún tipo de recargo” mencionó el director de Finanzas de la alcaldía.
Los capitalinos que pueden optar por esta dispensa deben ser contribuyentes propietarios de un inmueble, como una casa o apartamento que reciban servicios de aseo, disposición final, mantenimiento de parques y zonas verdes.
Los pagos pueden realizarse fácilmente desde el sait.sv, donde se encuentra toda la información detallada sobre cada contribuyente. También está disponible la opción de cancelar de manera presencial de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. en las oficinas centrales, sedes distritales 1, 2, 4, 5 y 6. Y en el Centro de Atención Tributaria (CAT) en la colonia Escalón y agencia Metrocentro con atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.d.
Además, los capitalinos pueden optar a planes de pago de hasta 12 meses para saldar su deuda. Las consultas de los contribuyentes también son atendidas vía telefónica al número 2511-6000 ext. 1343 o al correo pagos@sansalvador.gob.sv.