Proveedora de agua deberá pagar multa y reembolsar

El suministro de agua potable es un servicio público, de interés general y que, no obstante ser prestado por particulares, su regulación debe estar sometido al Derecho público.

Foto: Periódico Equilibrium.

El Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor, ordenó a la Administradora de Pozos, Sociedad Anónima de Capital Variable (AMPO, S.A de C.V.), la devolución de $2,440.00 e impuso una multa de $3,289.50.

La medida ha sido adoptada por cobros indebidos en el servicio de agua potable que presta esta empresa a residentes de la Urbanización Valle Verde I y II de Apopa, al norte de San Salvador.

La multa y la devolución se originó en el “incremento unilateral” de la tarifa del servicio de agua potable de $7.61 a $ 8.61, a partir del mes de septiembre de 2012; es decir, en un dólar mensual por cada consumidor, “diferencia cobrada indebidamente”.

El incremento es injustificado y arbitrario, pues carece de “razones técnicas y financieras objetivas, violando los derechos económicos de los consumidores”, según la resolución 1595-14.

El beneficiario de esta determinación administrativa es el colectivo de 167 personas consumidoras.

La Presidenta de la Defensoría del Consumidor, Yanci Urbina, presentó el pasado jueves una solicitud a la Fiscalía General de la República para que realice la “ejecución forzosa” del pago de la multa por parte de AMPO, S.A de C.V, debido a que los propietarios no han cumplido con la resolución.

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