De acuerdo con la Constitución y el Código Electoral, el Cuerpo Electoral debe ser convocado por lo menos cuatro meses antes de la fecha de las elecciones.
Foto: Presidencia/Periódico Equilibrium.
Basado en las disposiciones de la Constitución de la República contenidos en su artículo 208 y en el artículo 39 del Código Electoral, el Tribunal Supremo Electoral ha convocado este 4 de octubre a la población salvadorena para que acudan el 4 de marzo de 2018 a las elecciones legislativas y municipales.
La ciudadanía capaz de emitir podrá concurrir a elegir, mediante el voto libre, directo, igualitario y secreto, dice el decreto emitido para la convocatoria pertinente.
También se refiere a las personas que ejercerán cargos de elección popular en la Asamblea Legislativa y a quienes integrarán los Concejos Municipales de la República de El Salvador para el período que iniciará el uno de mayo del año dos mil dieciocho y que finalizará el treinta de abril del año dos mil veintiuno.
Mediante el decreto se advierte que se utilizarán las circunscripciones electorales departamentales para determinar las diputaciones en propiedad y suplencia; y en el caso de los concejos, se utilizarán las circunscripciones electorales municipales para elegir los 262 gobiernos locales.
Como es sabido, se elegirán 84 personas que ocuparán igual cantidad de curules con sus respectivas suplencias en la Asamblea Legislativa.
Para San Salvador se elegirán 24 personas; para Santa Ana, 7; San Miguel, 6; La Libertad, 10; Usulután, 5; Sonsonate, 6; La Unión, 3; La Paz 4; Chalatenango, 3; Cuscatlán, 3; Ahuachapán, 4; Morazán, 3; San Vicente, 3; y Cabañas, 3.
