La FGR deberá continuar con las investigacio-nes respecto de la desaparición forzada de tres jóvenes luego de ser privados de libertad por elementos del Ejército en Armenia, Sonsonate.
Foto: Periódico Equilibrium.
La Sala de lo Constitucional declaró “ha lugar” un recurso de hábeas corpus a favor de tres jóvenes que fueron desaparecidos por elementos del Destacamento Militar No. 6, de Sonsonate, luego de ser presentado el mismo ante esta instancia de justicia el pasado junio.
La resolución emitida el viernes de la semana pasada fuer interpuesta por la señora Marina Ortiz y el abogado Pedro Cruz; los magistrados favorecieron a los señores Óscar Oswaldo Leiva Mejía, Francisco, Javier Hernández Gómez y José Fernando Choto Choto, por haberse establecido su desaparición, atribuida a militares que prestaron servicio en el Destacamento N° 6 de la Fuerza Armada de El Salvador.
Durante el desarrollo del proceso de estudio del hábeas corpus, se estableció que el día 18 de febrero de 2014, aproximadamente a las ocho horas con treinta minutos, los favorecidos se encontraban reunidos frente a una casa de la Colonia San Fernando I, del municipio de Armenia, departamento de Sonsonate, cuando llegaron seis elementos de la Fuerza Armada de El Salvador (FAES), del Destacamento Militar N° Seis, destacados en la Fuerza de Tarea “Hermes”.
Los militares ordenaron a los jóvenes que caminaran sobre la línea férrea rumbo a la Colonia San Fernando dos y posteriormente hacia la Colonia San Damián, les solicitaron a todos su Documento Único de Identidad para verificar si contaban con antecedentes penales, expresa un comunicado de la Sala.
Posteriormente les ordenaron a dos de ellos que se retiraran en diferentes direcciones; al final ambos se regresaron sobre la línea férrea hasta el lugar de donde se los habían llevado inicialmente a la espera de sus otros amigos los que no regresaron y de los cuales aún se desconoce su paradero.
De igual forma, se determinó que los favorecidos fueron trasladados con rumbo a la colonia San Damián que según las pruebas recabadas es dominada por una pandilla diferente a la del lugar en el que se encontraban.
La Sala en su resolución hizo alusión a que existen precedentes jurisprudenciales en los que se ha determinado que la sectorización de territorios por parte de las pandillas o maras es una realidad que no se puede ignorar; en el accionar de estos grupos es característico que realicen vulneraciones al derecho de todo ciudadano al libre tránsito, debido a que hay zonas específicas donde ciertas personas no pueden circular, bajo riesgos de sufrir atentados a su vida o integridad.
La Sala agrega que ha existido una falta de información o negativa oficial de reconocer, de parte de la institución militar, dicha privación de libertad o de informar el paradero de las personas desparecidas.
Por el contrario, alegan que fueron puestos en libertad, lo cual no ha sido establecido, pues, se insiste, en que “los favorecidos no fueron encontrados a pesar de las prontas y plurales denuncias sobre tal situación por parte de los familiares”.
Los jóvenes puestos en libertad y que regresaron fueron Yudi Nelson Sixto López y Fredy Mauricio Villalobos Castillo y, los soldados involucrados son entre seis a siete. La brigada que intervino es la Especial de Seguridad Militar, dirigida por el Sargento Santos Manuel Coreto Ramírez y acompañado por soldados incluyendo del sexo femenino, según la denuncia.
Luego de probada la desaparición, la Sala ha declarado “ha lugar” el hábeas corpus y al mismo tiempo se ha solicitado al Ministro de la Defensa Nacional y al Jefe del Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada que, a través de una nueva investigación, verificación de sus registros y cualquier otro medio lícito, proporcionen información en relación con la desaparición forzada de los favorecidos.
Los resultados de estas acciones deberán ser comunicados a la Sala y a la Fiscalía General de la República; a esta última se le ha requerido que, conforme a sus atribuciones constitucionales, por los medios y en la forma legalmente establecida, continúe la investigación sobre la desaparición forzada o involuntaria de Leiva Mejía, Hernández Gómez y Choto Choto, así como la determinación de la situación material en que se encuentran, con el objeto de salvaguardar sus derechos fundamentales de libertad física e integridad personal.
Cada cinco meses la FGR deberá informar a la Sala sobre el avance de las gestiones que realice para el restablecimiento del derecho de libertad física de aquellos.
