Si se aplicara la misma medida a cuatro magistrados de la Sala de lo Constitucional, estos deberían quedar fuera de la CSJ, pero eso es absurdo, reconoció el Procurador David Morales.
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La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) ha resuelto que en el caso de la destitución del expresidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), José Salomón Padilla y del expresidente del Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ), Tito Edmundo Zelada, la Sala de lo Constitucional violentó sus derechos.
Sobre Padilla el titular de la PDDH, David Morales, dijo que se ha violentado el derecho del exfuncionario a optar a un cargo público, bajo un argumento inaceptable y hasta absurdo, porque se vincula la moralidad notoria a una pertenencia partidaria, para el caso, con el FMLN.
Esa pertenencia no es en sí misma un problema que afecte la independencia y la imparcialidad de los jueces.
Países como Alemania y España, este último muy citado en la jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional, se dan soluciones diferentes que “no vuelven incompatible de forma absoluta la citada afiliación”, dice Morales.
En tanto, el caso de Zelada, además de constituir también una violación a su derecho de optar a un cargo público, se observa una agravante: la Sala ha aplicado retroactivamente la ley, sin ser un caso excepcional para decidir de esa forma, dice el funcionario.
La sentencia de la jurisdicción constitucional, como las leyes, solo puede regir hacia delante. El efecto retroactivo solo aplica en materia penal, cuando la ley favorece al reo, como lo establece la misma Constitución, advirtió Morales.
En ambos casos también se ha violentado la seguridad jurídica de los exfuncionarios, según la resolución de la PDDH.
A juicio de Morales, la Asamblea Legislativa debe convocar a un diálogo nacional sobre las reformas integrales que deben hacerse al Órgano Judicial para fortalecer la carrera y la depuración judicial.
